Reglas de DoE
DoE requiere que todos los fabricantes calculen los requisitos de energía. Tienen reglas muy específicas. Creo que se requiere que utilicen los resultados en su documentación si se venden en los EE. UU. Otros países y la UE tienen
similares
Primero especifican qué medidas y cómo realizarlas.
Por ejemplo, esta es la fórmula para el control de descongelación variable < br >
Una vez que se realizan las mediciones, se calcula la energía
6.2 Consumo de energía promedio por ciclo. El consumo de energía promedio por ciclo para un tipo de ciclo, E, se expresa en kilovatios-hora por ciclo a la centésima (0.01) kilovatios-hora más cercana y se calculará de acuerdo con las secciones a continuación.
6.2.1 Todos los modelos de refrigerador. El promedio de consumo de energía por ciclo dependerá de la temperatura alcanzable en el compartimiento de alimentos frescos, como se muestra a continuación.
6.2.2 Frigoríficos y Frigoríficos-Congeladores. El consumo medio de energía por ciclo se definirá de una de las siguientes formas, según corresponda.
6.2.2.1 Si la temperatura del compartimiento de alimentos frescos es de 39 ° F (3.9 ° C) o menos durante ambas pruebas y la temperatura del compartimiento del congelador es de 15 ° F (-9.4 ° C) o menos durante ambas pruebas de un refrigerador o o por debajo de 0 ° F (-17.8 ° C) durante ambas pruebas de un refrigerador-congelador, el consumo promedio de energía por ciclo deberá ser:
E = ET1 + IET
Donde:
ET se define en 5.2.1;
IET, expresado en kilovatios-hora por ciclo, es igual a 0 (cero) para productos sin máquina de hielo automática, y es igual a 0.23 para productos con máquina de hielo automática; y
El número 1 indica el período de prueba durante el cual se midió la temperatura más alta del compartimiento congelador.
6.2.2.2 Si las condiciones de 6.2.2.1 no existen, el consumo promedio de energía por ciclo se definirá por el más alto de los dos valores calculados por las siguientes dos fórmulas:
E = ET1 + ((ET2 - ET1) × (39.0 - TR1) / (TR2 - TR1)) + IET
y
E = ET1 + ((ET2 - ET1) × (k - TF1) / (TF2 - TF1)) + IET
Donde:
ET se define en 5.2.1;
IET se define en 6.2.2.1;
TR y los números 1 y 2 se definen en 6.2.1.2;
TF = temperatura del compartimento congelador determinada de acuerdo con 5.1.4 en grados F; 39.0 es la temperatura estandarizada para compartimientos de alimentos frescos en grados F; y
k es una constante de 15.0 para los refrigeradores o de 0.0 para los refrigeradores-congeladores, cada uno de los cuales está estandarizado en temperaturas del compartimiento del congelador en grados F.
6.2.2.3 Prueba opcional para modelos con dos compartimientos y controles operables por el usuario. Si el procedimiento de la sección 3.3 de este apéndice se utiliza para establecer los controles de temperatura, el consumo promedio de energía por ciclo se definirá de la siguiente manera:
E = E x + IET
Donde:
E se define en 6.2.1.1;
IET se define en 6.2.2.1; y
E x se define y calcula como se describe en AS / NZS 44474.1: 2007 (incorporado por referencia; consulte § § 430.3) apéndice M, sección M4 (a). Las temperaturas objetivo t xA yt xB definidas en la sección M4 (a) (i) de AS / NZS 44474.1: 2007 serán las temperaturas estandarizadas definidas en la sección 3.2 de este apéndice.